Seguridad y salud en el trabajo

¿Qué es el IPERC y cómo se elabora?

El IPERC es la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles de cada puesto de trabajo. Explicamos qué norma lo exige, cómo se elabora paso a paso, un ejemplo de matriz, los errores frecuentes y por qué de él sale el protocolo del examen médico ocupacional.

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El IPERC es la identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles de cada puesto de trabajo. En el Perú lo exige el artículo 77 del Reglamento de la Ley 29783: el empleador lo elabora por puesto, con la participación de los trabajadores, y lo actualiza al menos una vez al año. Se suele presentar como una matriz: una fila por peligro, con su riesgo, su nivel y las medidas para controlarlo. De esa matriz salen el mapa de riesgos, las capacitaciones y el protocolo del examen médico ocupacional de cada puesto.

Qué significa IPERC: peligro, riesgo y control

El Glosario del DS 005-2012-TR, Reglamento de la Ley 29783, define los conceptos con los que se construye la matriz:

TérminoQué es, según el GlosarioEjemplo
PeligroSituación o característica intrínseca de algo capaz de causar daño a las personas, los equipos, los procesos o el ambiente.Una amoladora en funcionamiento.
RiesgoProbabilidad de que un peligro se materialice en determinadas condiciones y cause daño.Corte en la mano o proyección de partículas a los ojos.
Evaluación de riesgosProceso, posterior a la identificación de peligros, que valora el nivel y la gravedad de los riesgos para decidir qué medidas tomar, con qué prioridad.Riesgo de nivel moderado: hay que reducirlo en un plazo.
Control de riesgosDecisiones basadas en la evaluación para reducir los riesgos: medidas correctivas, exigencia de su cumplimiento y revisión periódica de su eficacia.Guarda en la amoladora, lentes y guantes.

En minería, el artículo 7 del DS 024-2016-EM define el IPERC como el proceso sistemático para identificar los peligros, evaluar los riesgos y sus impactos e implementar los controles adecuados.

Cómo se elabora el IPERC paso a paso

  1. Arma el equipo. Personal competente en SST y trabajadores que conocen el puesto, con la consulta al comité o al supervisor de SST que pide el artículo 77 del Reglamento.
  2. Lista procesos, actividades y tareas de cada puesto. Incluye las tareas rutinarias, las que no lo son y las situaciones de emergencia: el artículo 77 las exige expresamente.
  3. Identifica los peligros de cada tarea. Recorre el puesto mientras se trabaja; pregunta a quien lo hace. Piensa en todos los tipos: mecánicos, eléctricos, físicos (ruido, calor), químicos, biológicos, ergonómicos y psicosociales.
  4. Describe el riesgo de cada peligro: qué daño puede causar y a quién.
  5. Evalúa el nivel de riesgo combinando la probabilidad y la severidad con el método que haya elegido la empresa.
  6. Define los controles en el orden del artículo 21 de la Ley 29783 y asigna un responsable y una fecha a cada uno.
  7. Reevalúa el riesgo con los controles puestos: el riesgo que queda (residual) tiene que ser aceptable.
  8. Difunde y exhibe la matriz y llévala al mapa de riesgos, al programa de capacitaciones y al protocolo de exámenes médicos.
  9. Actualízala al menos una vez al año, y antes si cambia el proceso o hay un accidente o una enfermedad ocupacional.

Para el paso 7, la ley da el orden de prioridad de las medidas (artículo 21): eliminar el peligro; controlarlo o aislarlo con medidas técnicas o administrativas; minimizarlo con sistemas de trabajo seguro; programar la sustitución de lo peligroso por algo de menor riesgo y, en último caso, entregar equipos de protección personal. El EPP es la última barrera, no la primera.

Cómo se calcula el nivel de riesgo

Uno de los métodos de referencia de la Guía básica de la RM 050-2013-TR (su método 2) combina la probabilidad (baja, media o alta) con la consecuencia (ligeramente dañino, dañino o extremadamente dañino) y clasifica el resultado en cinco niveles, cada uno con su acción:

Nivel de riesgoPuntajeQué hacer
Trivial4No hace falta ninguna acción específica.
Tolerable5 a 8No se necesita mejorar la acción preventiva, pero hay que hacer comprobaciones periódicas.
Moderado9 a 16Hay que reducir el riesgo en un plazo determinado.
Importante17 a 24No se empieza el trabajo hasta reducir el riesgo; si ya está en marcha, se corrige antes que los riesgos moderados.
Intolerable25 a 36No se empieza ni se continúa el trabajo; si no se puede reducir el riesgo, se prohíbe.

En minería se usa la matriz básica de evaluación de riesgos del Anexo 7 del DS 024-2016-EM: cinco niveles de severidad por cinco de probabilidad, con niveles de riesgo alto, medio y bajo y un plazo para corregir cada uno. Lo importante no es el método, sino aplicarlo igual en todos los puestos para poder comparar y priorizar.

Ejemplo de matriz IPERC

Un ejemplo simplificado para el puesto de operario de almacén, con niveles del método de la RM 050-2013-TR. Es ilustrativo: los niveles reales dependen de las condiciones de cada empresa.

TareaPeligroRiesgoNivel inicialControlesNivel residual
Descarga manual de cajasCarga de 30 kgLesión lumbar por sobreesfuerzoImportanteCarretilla y apilador (control técnico); cajas de menor peso con el proveedor; capacitación en manipulación de cargasTolerable
Tránsito por el almacénMontacargas en movimientoAtropelloImportantePasillos peatonales señalizados (aislamiento); alarma de retroceso; chaleco reflectivoModerado
Corte de flejesHerramienta cortanteCorte en manos y proyección del flejeModeradoCortador de flejes con protección; guantes anticorte y lentesTolerable
Turno en zona de cargaRuido de equiposPérdida auditivaModeradoMedición de ruido; mantenimiento de equipos; protección auditiva; audiometría en el EMOTolerable

Fíjate en la última fila: el riesgo de pérdida auditiva lleva como control, además del protector, la audiometría en el examen médico. Así se conecta la matriz con la vigilancia de la salud.

Errores frecuentes al hacer el IPERC

  • Copiar una matriz genérica de internet o de otra empresa. El IPERC tiene que describir los puestos reales.
  • Hacerlo desde la oficina, sin recorrer los puestos ni preguntar a los trabajadores, cuando la ley exige su participación.
  • Olvidar las tareas no rutinarias (limpiezas, mantenimiento, emergencias), que es donde ocurren muchos accidentes.
  • Saltar directo al EPP como único control, contra el orden del artículo 21 de la Ley 29783.
  • No reevaluar el riesgo después de los controles, o no darles responsable y plazo.
  • Dejarlo sin actualizar más de un año, o después de un cambio de proceso o de un accidente.
  • Olvidar los riesgos para la salud de largo plazo (ruido, polvo, químicos, posturas) porque no producen accidentes visibles.
  • No conectarlo con el examen médico: un protocolo de EMO que no refleja los riesgos de la matriz no vigila lo que tiene que vigilar.

No evaluar los riesgos o no adoptar las medidas que la evaluación exige es una infracción grave según el numeral 27.3 del DS 019-2006-TR, Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo.

Del IPERC al protocolo del examen médico ocupacional

El artículo 103 del Reglamento de la Ley 29783 manda hacer la vigilancia de la salud en función de la matriz IPERC, y la RM 312-2011/MINSA indica que los exámenes complementarios del EMO se eligen según la exposición a los factores de riesgo (numeral 6.4.5). En su numeral 6.5, esa misma norma relaciona riesgos y pruebas. Algunos ejemplos:

Riesgo en la matrizPrueba habitual en el EMO
RuidoOtoscopia, acumetría y audiometría
Polvo de sílice o amiantoRadiografía de tórax con la lectura de la OIT y espirometría
Trabajo en altura o en espacios confinadosTests psicológicos de fobias y estrés, dentro del EMO para trabajo en altura
Manipulación de cargas, posturas, movimientos repetidosEvaluación musculoesquelética y neurológica
Conducción de vehículosTests de fatiga, somnolencia y estrés

Por eso, cuando una empresa pide la cotización de sus exámenes médicos, lo primero es revisar su IPERC: un puesto administrativo y un operario expuesto a ruido no necesitan el mismo protocolo. Si la empresa no tiene la matriz o está desactualizada, puede encargarla junto con el resto del sistema de gestión, como en nuestro servicio GISSO.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el IPERC?
Son las siglas de identificación de peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles. Es el análisis, puesto por puesto, de qué puede causar daño, cuán grave es el riesgo y qué medidas lo controlan, y lo exige el artículo 77 del DS 005-2012-TR.
¿Cada cuánto se actualiza el IPERC?
Al menos una vez al año, según el artículo 57 de la Ley 29783 y el 77 de su Reglamento, y antes si cambian las condiciones de trabajo o se produce un daño a la salud.
¿Quién elabora el IPERC?
El empleador, con personal competente y en consulta con los trabajadores y sus representantes ante el comité o el supervisor de SST (artículo 77 del Reglamento). La participación de los trabajadores es indispensable según el artículo 19 d) de la Ley 29783.
¿Cuál es la diferencia entre peligro y riesgo?
El peligro es lo que puede causar daño (una máquina, el ruido, una sustancia); el riesgo es la probabilidad de que ese daño ocurra en determinadas condiciones. El IPERC identifica los peligros y evalúa sus riesgos.
¿Qué es el IPERC continuo?
Es el formato del Anexo 7 del DS 024-2016-EM que, en minería, los trabajadores llenan al inicio de cada tarea para identificar los peligros del momento. Complementa el IPERC de línea base, que se actualiza cada año.
¿Hay un formato oficial de matriz IPERC?
Para la mayoría de empresas no hay un formato obligatorio: la RM 050-2013-TR propone métodos de referencia. En minería, el DS 024-2016-EM fija los formatos de sus Anexos 7 y 8.
¿Qué relación tiene el IPERC con el examen médico ocupacional?
La vigilancia de la salud se hace en función de la matriz IPERC (artículo 103 del Reglamento): los riesgos de cada puesto definen qué pruebas lleva su examen médico ocupacional.

Con la matriz lista, el siguiente paso es planificar el año en el PASST y definir el protocolo del examen médico ocupacional de cada puesto.

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